
Clasificación de Locales de Pública Concurrencia (LPC): Tipos y Cálculo de Aforo (ITC-BT-28)
No todos los locales abiertos al público se consideran legalmente Locales de Pública Concurrencia (LPC). Según la ITC-BT-28, esta clasificación se reserva para espacios donde una emergencia conlleva un alto riesgo, ya sea por la gran concentración de personas (cines, discotecas) o por la dificultad de evacuación (hospitales, guarderías).

Determinar si un proyecto entra en esta categoría exige realizar un estricto cálculo de aforo basado en la superficie y el uso, ya que de ello dependerá la obligación de usar cables de alta seguridad, suministros de socorro y proyectos firmados por ingeniero.
El conocimiento de la clasificación de los locales de pública concurrencia del REBT es de suma importancia para el técnico proyectista, pues le permite:
– Identificar correctamente los requisitos: el técnico debe poder determinar si un local requiere ser clasificado como local de pública concurrencia y, en consecuencia, aplicar las medidas de seguridad correspondientes.
– Asesorar a los clientes: el técnico puede asesorar a sus clientes sobre las implicaciones de la clasificación de local y las responsabilidades que conlleva.
– Realizar instalaciones seguras: la correcta identificación del tipo de local y de los requisitos que se le aplican ayuda a evitar errores en la selección de materiales, equipos y soluciones técnicas.
– Mejorar su reputación: un buen conocimiento de la normativa contribuye a mejorar la reputación del técnico proyectista.
Para el correcto cálculo de instalaciones en locales de pública concurrencia es importante mantenerse actualizado sobre las últimas modificaciones y novedades en la normativa que regula estas instalaciones eléctricas. Se recomienda la participación en cursos de formación específicos sobre este tema.
Contenidos
- Tipos de Locales según ITC-BT-28 (Espectáculos, Reunión, Sanidad)
- Cálculo de Aforo: Tabla de Densidad de Ocupación (m2/personas)
- Impacto de Clasificar un Local como de "Pública Concurrencia"
- Seguridad Eléctrica en Centros de Trabajo
- Preguntas Frecuentes de la Clasificación de los locales de Pública Concurrencia
Tipos de Locales según ITC-BT-28 (Espectáculos, Reunión, Sanidad)
La ITC-BT-28 del REBT establece una clasificación de los locales de pública concurrencia en 4 grupos principales, cada uno con sus propias características y requisitos:
| TIPOS DE LOCAL | EJEMPLOS | SERÁ LOCAL DE PÚBLICA CONCURRENCIA | |
|---|---|---|---|
| 1. Espectáculos y actividades recreativas | Cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones de deportes, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones, ferias, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar. | Siempre | |
| 2. Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios | 2.1. Locales de reunión | Templos, salas de conferencias y congresos, bares, cafeterías, restaurantes, museos, casinos, hoteles, hostales, zonas comunes de centros comerciales, aeropuertos, estaciones, parking público cerrado (>5 vehículos), asilos, guarderías | Siempre |
| Centros de enseñanza, bibliotecas, establecimientos comerciales, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos | Ocupación > 50 personas ajenas al local | ||
| 2.2. Locales de trabajo | Oficinas con presencia de público | Ocupación > 50 personas ajenas al local | |
| 2.3. Locales de uso sanitario | Hospitales, ambulatorios, sanatorios | Siempre | |
| Consultorios médicos, clínicas | Ocupación > 50 personas ajenas al local | ||
| 3. Según dificultad de evacuación de cualquier local | 3.1. BD2 (baja densidad, difícil evacuación) | Edificios de gran altura, sótanos | Siempre |
| 3.2. BD3 (alta densidad, fácil evacuación) | Locales abiertos al público: grandes almacenes | ||
| 3.3. BD4 (alta densidad, difícil evacuación) | Edificios de gran altura abiertos al público. Locales en sótanos, abiertos al público | ||
| 4. Otros locales | Cualquier local no incluido en los otros epígrafes con capacidad superior a 100 personas ajenas al local | Siempre | |
| Nota 1: Cuando un local pueda estar considerado bajo dos epígrafes, uno de ellos “siempre obligatorio” y el otro “dependa de la ocupación”, se tomará la condición de “siempre obligatorio”. Nota 2: Cuando en un local sea difícil evaluar el número de personas ajenas al mismo o la dificultad de evacuación en caso de emergencia, se considerará el local como de pública concurrencia. | |||
Locales de Espectáculos y Actividades Recreativas
Estos locales representan el nivel más alto de exigencia en cuanto a seguridad eléctrica. Se definen como aquellos recintos destinados a la exhibición pública, funciones teatrales, cinematográficas o actividades de ocio donde el público puede estar sentado o en movimiento.
La normativa agrupa en esta categoría a todos los espacios donde la actividad principal es el entretenimiento o la recreación. La característica común es la gran concentración de personas en recintos que, en ocasiones, requieren condiciones de oscuridad para el desarrollo de la actividad (como un cine o un teatro).
– Espectáculos: teatros, cines, circos, auditorios y plazas de toros.
– Actividades recreativas: discotecas, salas de fiesta, casinos, salas de juegos y parques de atracciones.
– Deportivos: estadios, pabellones polideportivos y gimnasios con gradas.
En estos locales, la iluminación de emergencia y la señalización deben ser especialmente robustas debido a la densidad de ocupación y la naturaleza de la actividad (que puede incluir oscuridad total).
Locales de Reunión, Trabajo y Usos Sanitarios
Esta categoría es quizás la más diversa, ya que abarca desde edificios administrativos hasta centros hospitalarios.
A diferencia de los locales de espectáculos, aquí el público no siempre acude con fines recreativos, pero la afluencia masiva y la necesidad de mantener servicios críticos (especialmente en el ámbito sanitario) obligan a un diseño eléctrico extremadamente riguroso.
Se establece una distinción fundamental para estos espacios: algunos son considerados locales de pública concurrencia por su propia naturaleza, mientras que otros dependen estrictamente de su capacidad de ocupación.
– Locales de reunión: este grupo incluye espacios destinados a actividades sociales, culturales o de servicios. Se dividen en 2 categorías según su obligatoriedad:
1º) Siempre considerados de pública concurrencia:
- Ocio y hostelería: bares, cafeterías, restaurantes, casinos, hoteles y hostales.
- Cultura y culto: templos, museos, salas de conferencias y congresos.
- Transporte y comercio: aeropuertos, estaciones de viajeros y zonas comunes de centros comerciales.
- Servicios y seguridad: asilos, guarderías y parkings públicos cerrados con capacidad para más de 5 vehículos.
2º) De pública concurrencia solo si la ocupación es > 50 personas ajenas al local:
- Centros de enseñanza y bibliotecas.
- Establecimientos comerciales y salas de exposiciones.
- Residencias de estudiantes, gimnasios, centros culturales y clubes sociales o deportivos.
– Locales de trabajo: en el ámbito laboral, el reglamento pone el foco en la interacción con el público externo.
- Oficinas con presencia de público: se clasifican como locales de pública concurrencia únicamente cuando su ocupación prevista sea superior a 50 personas ajenas al local.
– Locales de uso sanitario: debido a la vulnerabilidad de las personas y la importancia de los equipos médicos, estos locales tienen requisitos de seguridad críticos.
- Siempre considerados de pública concurrencia: hospitales, ambulatorios y sanatorios.
- Condicionados a la ocupación (> 50 personas ajenas): consultorios médicos y clínicas privadas.
Locales con Dificultad de Evacuación (BD2, BD3 y BD4)
Más allá del número de personas presentes, el REBT establece que la arquitectura y ubicación de un espacio pueden determinar su peligrosidad. Por ello, existen locales que se clasifican siempre como de pública concurrencia, independientemente de su ocupación, debido a la complejidad que presentan para evacuar a las personas en caso de emergencia.
Esta clasificación se basa en los índices de densidad de ocupación y las condiciones de evacuación (identificadas con las siglas BD).
– BD2: Baja densidad de ocupación, difícil evacuación
Se refiere a espacios donde no hay una aglomeración masiva constante, pero la salida física hacia el exterior es compleja debido a la altura o profundidad.
- Edificios de gran altura: por su verticalidad, requieren tiempos de evacuación más prolongados.
- Sótanos: al encontrarse bajo el nivel del suelo, la evacuación se realiza en sentido ascendente, lo cual es más lento y propenso a la acumulación de humos.
– BD3: Alta densidad de ocupación, fácil evacuación
Se aplica a locales donde se espera una gran afluencia de personas de forma simultánea, pero que cuentan con accesos directos y amplios al espacio exterior seguro.
- Grandes almacenes: establecimientos comerciales de gran superficie abiertos al público donde, a pesar del aforo, las vías de salida están diseñadas para un flujo masivo y rápido.
– BD4: Alta densidad de ocupación, difícil evacuación
Este es el grupo de mayor riesgo, ya que combina un número elevado de personas con un entorno arquitectónico que dificulta la salida.
- Edificios de gran altura abiertos al público: rascacielos con uso comercial, administrativo o de servicios.
- Locales en sótanos abiertos al público: tiendas, gimnasios o centros de ocio situados bajo rasante que reciben clientela de forma habitual.
Otros Locales: La Regla de los 100 Ocupantes
Esta categoría actúa como un "cajón de sastre" o norma residual. Su función es garantizar que ningún espacio que albergue a un número significativo de personas quede fuera de las estrictas medidas de seguridad de la ITC-BT-28, incluso si su actividad específica no ha sido mencionada en los apartados de espectáculos, reunión o salud.
Según el reglamento, se clasificará siempre como local de pública concurrencia a:
- Cualquier local no incluido en los epígrafes anteriores (espectáculos, reunión, trabajo, sanitarios o de difícil evacuación).
- Que cuente con una capacidad superior a 100 personas ajenas al local.
🔍 Una vez que un establecimiento supera este umbral de ocupación, adquiere automáticamente la condición de local de pública concurrencia por ley, sin importar que su actividad principal parezca "de bajo riesgo".
📌 ¿Qué se considera "personas ajenas"? Para realizar el cálculo correctamente y evitar errores en el proyecto eléctrico, es fundamental distinguir entre los tipos de ocupantes:
- Personal propio: no se contabilizan los empleados, operarios o personal de mantenimiento habitual del local.
- Público/personas ajenas: se cuenta exclusivamente a los clientes, usuarios, visitas o cualquier persona que no mantenga una relación laboral directa y diaria con el centro.
Cálculo de Aforo: Tabla de Densidad de Ocupación (m2/personas)
La ocupación de estos locales se calcula basándose en la superficie útil. Se excluyen áreas no accesibles al público como pasillos, vestíbulos, y servicios relacionados con la actividad del local.
Como ejemplo de estos servicios están: almacenes, oficinas privadas, zonas exclusivas del personal, aseos, archivos, escaparates, cuartos de calderas, cuartos de máquinas, etc.
Fórmula del Aforo
Para calcular la densidad de ocupación teórica de un local, se utiliza la siguiente relación matemática:

donde:
Superficie útil = es el área neta donde pueden estar las personas, descontando muros, pilares y zonas no accesibles (como tras mostradores o almacenes).
Coeficiente de ocupación = es un valor fijo (en m2 por persona) que varía según el uso del local. Cuanto más pequeño es el coeficiente, más gente se permite por metro cuadrado.
El Coeficiente de 0,8 m2: El "Colchón de Seguridad" Eléctrica
Si eres instalador o ingeniero, te habrás encontrado con la famosa contradicción: la ITC-BT-28 del REBT nos da un número, pero el Código Técnico de la Edificación (CTE) nos da otro muy distinto.
¿Cuál manda? ¿Cuándo se aplican los famosos 0,8 m2 por persona? Este es un tema que genera muchísimos quebraderos de cabeza en las inspecciones de industria y en la redacción de proyectos.
El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, en su instrucción técnica 28, establece un cálculo genérico para determinar si un local es de Pública Concurrencia (LPC):
"La ocupación prevista se calculará como 1 persona por cada 0,8 m² de superficie útil, a excepción de pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios."
Este valor es una estimación de máximos. Históricamente se usaba para "curarse en salud", pero la realidad técnica es mucho más compleja.
La Entrada en Juego del CTE (Documento Básico SI)
El Código Técnico de la Edificación, en su apartado DB-SI 3 (Evacuación de ocupantes), es mucho más fino. No trata a todos los locales por igual, sino que asigna densidades según el uso real del espacio.
Aquí es donde aparece el conflicto, porque las diferencias son abismales:
- Discotecas (público de pie): 0,25 m2/persona (muchas más personas que el REBT).
- Comercios: de 2 a 5 m2/persona (muchísimas menos personas que el REBT).
¿Quién Manda? La Jerarquía Normativa
La respuesta no es una opinión, está en la Guía Técnica de Aplicación de la ITC-BT-28. Esta guía aclara que, dado que el CTE es una normativa posterior y específica para la seguridad de las personas, sus valores de densidad de ocupación son los preferentes.
La Guía instruye literalmente: "Se recomienda que el cálculo de la ocupación del local se realice utilizando los valores indicados en éstos últimos [CTE] y en el caso de que la actividad del local no esté contemplada en ellos se utilice el valor genérico indicado en la ITC-BT-28 del REBT".
¿Qué significa esto? Que el legislador reconoce que el REBT no puede saber cuánta gente cabe en cada tipo de negocio del mundo. Por tanto, te dice: "Si el CTE (que es el experto en edificios) ya ha estudiado cuánta gente cabe en una tienda de ropa, usa ese valor específico". El valor del REBT queda relegado únicamente a cuando el local es tan raro que no aparece en el CTE.
Así, la regla de oro es:
- Si la actividad está contemplada en el CTE DB-SI, se usa el valor del CTE.
- Si existe una Ordenanza Municipal más restrictiva (típico en espectáculos públicos), prevalece la ordenanza.
- Solo si la actividad no figura en ninguna normativa específica, se recurre al valor genérico de 0,8 m²/persona del REBT.
Tabla de Densidad de Ocupación
La siguiente tabla de densidad de ocupación resume los valores establecidos por el CTE DB-SI, permitiendo a ingenieros e instaladores calcular el aforo real de un local. Este dato es el punto de partida crítico para dimensionar correctamente la instalación eléctrica y decidir la obligatoriedad de suministros complementarios.
| Uso / Zona de Actividad | m²/pers |
|---|---|
| USO COMERCIAL | |
| Ventas (Sótano, Baja, Entreplanta) | 2 |
| Ventas (Resto de plantas) | 3 |
| Mercados y galerías alimentación | 2 |
| Zonas comunes CC (Sótano, Baja) | 3 |
| Zonas comunes CC (Resto plantas) | 5 |
| Venta muebles, vehículos (baja afluencia) | 5 |
| PÚBLICA CONCURRENCIA | |
| Espectadores sentados (con asientos) | 1/asiento |
| Espectadores sentados (sin asientos) | 0,5 |
| Espectadores de pie | 0,25 |
| Público en discotecas | 0,5 |
| Bares, cafeterías (público de pie) | 1 |
| Gimnasios con aparatos | 5 |
| Gimnasios sin aparatos | 1,5 |
| Restaurantes comida rápida | 1,2 |
| Bares, restaurantes (sentado) | 1,5 |
| OTROS ESPACIOS Y SERVICIOS | |
| Espera, lectura, museos, ferias | 2 |
| Vestíbulos generales (Baja/Sótano) | 2 |
| Vestuarios, camerinos, anejos | 2 |
| Terminales transporte (público) | 10 |
| Servicio bares, cocinas, barras | 10 |
| Piscinas (vaso) | 2 |
| Piscinas (zonas estancia exterior) | 4 |
REBT vs. CTE: Comparativa de Cálculo en un Local
Para que se vea el impacto en el diseño eléctrico, en la siguiente tabla se observa cómo varía la ocupación calculada para un local de 100 m² útiles:
| Tipo de Uso | Norma aplicable | Densidad de ocupación | Personas calculadas |
|---|---|---|---|
| Genérico (REBT) | ITC-BT-28 | 0,8 m²/persona | 125 personas |
| Espectadores de pie | CTE DB-SI | 0,25 m²/persona | 400 personas |
| Tienda de ropa | CTE DB-SI | 2,0 m²/persona | 50 personas |
Este cálculo no es solo teórico; tiene consecuencias económicas graves en el presupuesto de la instalación.
Por ejemplo, el REBT obliga a instalar un Suministro de Socorro (normalmente un grupo electrógeno o una segunda acometida independiente) en ciertos locales de pública concurrencia cuya ocupación prevista sea mayor a 300 personas.
⚠️ El error común: calcular un local con espectadores de pie con el REBT (100/0,8 = 125 personas) y no poner grupo electrógeno. La realidad legal: al ser público de pie, el CTE obliga a calcular 100/0,25 m2 = 400 personas. Al superar las 300, el grupo electrógeno sería obligatorio. No cumplir con esto puede suponer que el organismo de control (OCA) deniegue el acta de puesta en marcha.
En el caso de una tienda de ropa, El REBT (0,8 m2/persona) calcularía a muchísima más gente que el CTE (2 m2/persona). En seguridad, "lo más restrictivo" no siempre es el número más pequeño, sino el escenario de mayor riesgo. Aquí, usar el REBT no sería ser "restrictivo", sería ser técnicamente incoherente. No se puede diseñar una instalación eléctrica para una densidad de personas que físicamente no se va a dar en esa actividad según la norma de incendios.
Conclusión: Coherencia entre Proyectos
Para que un proyecto eléctrico sea aprobado sin problemas, debe haber coherencia documental. El número de personas que se declaren en un proyecto de baja tensión debe coincidir exactamente con el que figura en el proyecto de actividad (licencia de apertura) basado en el CTE.
Si intentamos usar el REBT para "ahorrarnos" el suministro de socorro en un local donde el CTE dice que caben más de 300 personas, estaremos incurriendo en un defecto grave de seguridad.
El valor de 0,8 m2 / persona del REBT es un valor subsidiario. Esto significa que solo se aplica si no existe otra norma que defina el aforo para esa actividad
Impacto de Clasificar un Local como de "Pública Concurrencia"
La correcta clasificación de un local es decisiva para los instaladores eléctricos, ya que un local clasificado como de pública concurrencia requiere un proyecto eléctrico específico y medidas de seguridad adicionales. Estas medidas incluyen, pero no se limitan a:
● Proyecto eléctrico obligatorio: se vuelve obligatoria la elaboración de un proyecto eléctrico detallado por parte de un ingeniero electricista colegiado. Este proyecto debe contemplar todos los aspectos técnicos de la instalación, desde el diseño de los circuitos hasta la selección de los materiales y equipos eléctricos.
Según la tabla de la ITC-BT-04 relativa a las instalaciones que precisan proyecto, los locales de pública concurrencia requieren de proyecto, sea cual sea su potencia.
● Medidas de seguridad especializadas: se implementan medidas de seguridad específicas para locales de pública concurrencia. El objetivo de prevenir accidentes y minimizar los daños en caso de incidentes eléctricos. Entre estas medidas, se encuentran:
– Protección contra incendios: se instalan sistemas de detección y extinción de incendios adecuados al tipo de local y su ocupación.
– Señalización de emergencia: se implementa una señalización clara y visible que indique las rutas de evacuación y la ubicación de los equipos de emergencia.
– Selección de materiales ignífugos: se utilizan materiales con propiedades ignífugas en la canalización y otros elementos de la instalación para evitar la propagación de incendios.
– Protección contra sobretensiones: se instalan dispositivos de protección contra sobretensiones para proteger los equipos eléctricos de daños causados por descargas atmosféricas u otras fluctuaciones de voltaje.
● Inspecciones periódicas: deben ser sometidos a inspecciones periódicas por parte de un Organismo de Control para verificar su correcto funcionamiento y detectar posibles riesgos.
Según se indica en la ITC-BT-05, los locales de pública concurrencia serán objeto de inspección inicial y de inspecciones periódicas cada 5 años.
Seguridad Eléctrica en Centros de Trabajo
Los centros de trabajo, como fábricas, talleres y otras instalaciones industriales, representan entornos donde la seguridad eléctrica cobra una importancia esencial.
A las normativas generales sobre el uso de pública concurrencia se suman requisitos específicos de protección contra incendios, establecidos en la reglamentación de establecimientos industriales.
Para garantizar la seguridad eléctrica en centros de trabajo, se ha de adoptar una estrategia integral que comprenda distintas etapas, las cuales se detallan a continuación:
Evaluación de Riesgos en Centros de Trabajo
La seguridad eléctrica en centros de trabajo comienza con una evaluación exhaustiva de los riesgos específicos presentes en el entorno industrial. Esta evaluación debe considerar factores como:
– Presencia de maquinaria eléctrica: el uso de maquinaria eléctrica con motores, hornos o equipos de soldadura genera riesgos de cortocircuitos, descargas eléctricas y arcos eléctricos.
– Materiales inflamables: la presencia de materiales combustibles como maderas, textiles o productos químicos aumenta el riesgo de incendios provocados por fallos eléctricos.
– Condiciones ambientales: la humedad, la presencia de polvo o gases corrosivos pueden afectar el aislamiento de los cables y equipos eléctricos, incrementando el riesgo de averías y descargas eléctricas.
– Factores humanos: errores en la operación de equipos eléctricos, manipulación inadecuada de cables o extensiones defectuosas pueden ocasionar accidentes.
Medidas de Protección y Prevención en Centros de Trabajo
Una vez identificados los riesgos eléctricos en el centro de trabajo, se deben implementar medidas de mitigación específicas para reducirlos a niveles aceptables. Estas medidas pueden incluir:
● Protección contra sobrecargas y cortocircuitos: instalación de interruptores automáticos y dispositivos de protección diferencial para detectar y aislar fallos eléctricos en los circuitos.
● Puesta a tierra eficaz: un sistema de puesta a tierra adecuado deriva las corrientes de defecto a tierra, protegiendo a las personas y equipos de descargas eléctricas.
● Canalización y protección de cables: los cables eléctricos deben estar protegidos mediante canalizaciones adecuadas, evitando su contacto con materiales inflamables o zonas húmedas.
● Selección de equipos eléctricos: los equipos eléctricos deben ser seleccionados de acuerdo a las condiciones ambientales y los riesgos presentes en el entorno de trabajo.
● Mantenimiento preventivo: un programa de mantenimiento preventivo periódico para las instalaciones eléctricas permite detectar y corregir fallos antes de que causen accidentes.
Formación del Personal para la Prevención en Centros de Trabajo
La formación del personal en materia de seguridad eléctrica es un elemento fundamental para prevenir accidentes en centros de trabajo. Esta formación debe incluir:
– Conocimiento de los riesgos eléctricos: el personal debe comprender los tipos de riesgos eléctricos presentes en el entorno de trabajo. Además, debe conocer las medidas de prevención necesarias.
– Procedimientos de trabajo seguros: se deben establecer procedimientos seguros para la operación de equipos eléctricos, manipulación de cables y trabajos de mantenimiento eléctrico.
– Uso de equipos de protección personal: el personal debe estar capacitado en el uso correcto de equipos de protección personal, como guantes aislantes y botas con suelas conductoras.
– Primeros auxilios en caso de accidentes eléctricos: el personal debe tener conocimientos básicos de primeros auxilios en caso de descargas eléctricas.
Reglamentación Específica de Protección contra Incendios en Centros de Trabajo
Además de las normativas generales sobre locales de pública concurrencia, los centros de trabajo deben cumplir con la reglamentación específica de protección contra incendios en establecimientos industriales. Esta reglamentación establece requisitos como:
– Instalación de sistemas de detección y extinción de incendios: se deben instalar sistemas adecuados para detectar y extinguir incendios de manera rápida y eficaz.
– Señalización de seguridad: la instalación debe contar con una señalización clara y visible. Esta debe indicar las rutas de evacuación y la ubicación de equipos de emergencia.
– Planes de emergencia: se deben elaborar planes de emergencia que definan los procedimientos a seguir en caso de incendio u otras emergencias.
Preguntas Frecuentes de la Clasificación de los locales de Pública Concurrencia
También te puede interesar:

Suministros Complementarios y de Seguridad: Socorro, Reserva y Grupos Electrógenos

Clasificación del Alumbrado de Emergencia: Tipos, Normativa y Luxes Mínimos

Luminarias de Emergencia: Tipos, Funcionamiento y Esquemas de Conexión

Prescripciones en Locales de Pública Concurrencia (ITC-BT-28): Cuadros, Cables y Circuitos

